domingo, 21 de julio de 2024

Ciencia


La ciencia  se considera un bien público que debe ser promovido y garantizado por el Estado, fomentando la investigación y la innovación para el bienestar de la sociedad. Estos principios reflejan un compromiso con la educación, el conocimiento y el respeto a las identidades culturales, asegurando que todos los ciudadanos tengan acceso a la cultura y a los beneficios del avance científico.

Articulos de la Constitución Ecuatoriana que hace referencia a la Ciencia.

Art. 340.- El sistema nacional de inclusión y equidad social es el conjunto articulado y coordinado de sistemas, instituciones, políticas, normas, programas y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la Constitución y el cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo. 
El sistema se articulará al Plan Nacional de Desarrollo y al sistema nacional descentralizado de planificación participativa; se guiará por los principios de universalidad, igualdad, equidad, progresividad, interculturalidad, solidaridad y no discriminación; y funcionará bajo los criterios de calidad, eficiencia, eficacia, transparencia, responsabilidad y participación.
El sistema se compone de los ámbitos de la educación, salud, seguridad social, gestión de riesgos, cultura física y deporte, hábitat y vivienda, cultura, comunicación e información, disfrute del tiempo libre, ciencia y tecnología, población, seguridad humana y transporte.


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